FENASEP envió un comunicado sobre la violencia contra las enfermeras

2020-11-29T15:23:51-05:00

COMUNICADO

CONTRA LA VIOLENCIA Y EL MALTRATO DE LAS ENFERMERAS

“(…). Los derechos y garantías que consagra esta Constitución, deben considerarse como mínimos y no excluyentes de otros que incidan sobre los derechos fundamentales y la dignidad de la persona.”  CONSTITUCION POLITICA (ARTICULO 17).

“A todo trabajador al servicio del Estado o de empresas públicas o privadas o de individuos particulares se le garantiza su salario o sueldo mínimo.”  CONSTITUCION POLITICA (ARTICULO 65).

“Son nulas y, por lo tanto, no obligan a los contratantes, aunque se expresen en un convenio de trabajo o en otro pacto cualquiera, las estipulaciones que impliquen renuncia, disminución, adulteración o dejación de algún derecho reconocido a favor del trabajador. La Ley regulará todo lo relativo al contrato de trabajo.” CONSTITUCION POLITICA (ARTICULO 71).

“El salario debe pagarse completo en cada período de pago. Para este efecto se entiende por salario completo el percibido durante las jornadas ordinarias y extraordinarias.

“Cualquiera que sea la forma de pagarse el salario, no podrá pagarse en plazos que excedan de una quincena.” CODIGO DEL TRABAJO (Artículo 148).

POR CONSTITUIRSE EN UNA VERDAD INCUESTIONABLE FORMULADA POR LA FENASEP EN UN COMUNICADO EL 24 DE AGOSTO DE 2020, POR EL INCUMPLIMIENTO DE UN DERECHO HUMANO LABORAL, EL NO PAGO OPORTUNO DE LOS SALARIOS DE LAS ENFERMERAS, REITERAMOS LA AFIRMACIÓN SIGUIENTE:

“En otras palabras, aunque parezca insólito, pareciera que las trabajadoras y trabajadores públicos del sector salud, tendrán que esperar para asegurar los recursos para el cobro de sus servicios en los centros hospitalarios hasta el final del año.

“Señor Presidente, es evidente que el texto de nuestro comunicado es cierto e indiscutible:

Este comportamiento de las autoridades es una prueba indiscutible y fehaciente de que indujeron a las “muchachas” y “muchachos” a iniciar labores a sabiendas que no le iban a pagar en un plazo no menos de seis (6) meses, en el mejor de los casos, lo cual se constituye en un acto canalla e irresponsable.

“Por lo tanto, la FENASEP ante el reconocimiento público del incumplimiento del pago oportuno de los salarios de las trabajadoras y trabajadores públicos, y la revelación reciente del hecho de que solo se consignan recursos hasta el 31 de agosto de 2020, confirmamos:

  • La negligencia e irresponsabilidad de las autoridades que guardan relación con proporcionar los recursos para financiar las prestaciones de las trabajadoras y trabajadores públicos.
  • Que las autoridades responsables sabían de antemano que no existían posiciones ni partidas para financiar sus prestaciones de servicios.
  • Que las autoridades no tenían la intención de pagar oportunamente sus salarios, como lo evidencia con la modificación aprobada en la Asamblea Nacional.
  • La falta de constitucionalidad, legalidad y disciplina presupuestaria en este caso.
  • La ausencia de previsión y planificación de las actividades del Sector Salud y de los planes operativos en el Gobierno Central.
  • Finalmente, la violación de la Constitución y las Leyes fiscales.”

LA FENASEP DENUNCIA, LAMENTA Y RECHAZA:

La violencia y el maltrato de las enfermeras el día “Día Internacional de la Eliminación de la violencia contra la Mujer”, por parte del Señor Presidente de la República, sobre todo, cuando presenciamos recientemente, que el Señor Presidente de la República y varios Ministros de Estado, corrieron a reunirse con quienes lo desafiaron y hasta amenazaron con incumplir acciones administrativas decretadas por la Administración Pública del Estado, lo que claramente constituye un ataque a la institucionalidad.

LA FENASEP EXIGE:

La renuncia o separación de las autoridades (Dirección de Presupuesto del MEF y del personal del MINSA) responsables de la ausencia e insuficiencia de partidas para el pago en cada período de pago de los salarios (ordinarios y extraordinarios) de las enfermeras del sector público, por lo divulgado y reclamado por la Asociación de Enfermeras, puesto que es inaceptable que se incumpla con el pago oportuno de los salarios de quienes cumplen efectivamente sus horas de trabajo y prestan sus servicios arriesgando sus vidas y las de sus familiares

Esta exigencia la fundamentamos en las violaciones a las normas presupuestarias al autorizar el inicio de labores sin contar con las partidas correspondientes y, por otro lado, por la falta o ausencia de previsión o planificación de las actividades del Ministerio de Salud, no solo de su presupuesto anual, sino por la irresponsabilidad de la no consignación o asignación de recursos en la modificación del Presupuesto para cubrir el gasto en salarios (ordinarios y extraordinarios) durante la presente vigencia fiscal.

REITERAMOS NUESTRO APOYO INCONDICIONAL AL “DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER” Y, SOBRE TODO, CONTRA LAS ENFERMERAS.

RESPETO DEL DERECHO A LA VIDA, AL TRABAJO, AL SALARIO, A LA SEGURIDAD SOCIAL Y A LA LIBERTAD SINDICAL

 ALEJANDRO HAYNES HAMILTON
 Secretario General

Panamá, 25 de noviembre de 2020.